Cada vez más familias se plantean contratar a una cuidadora para atender a sus mayores en casa. Sin embargo, muchas dudan entre formalizar la relación laboral o recurrir a la economía sumergida pensando que así ahorrarán tiempo y dinero. Pero elegir esta última opción, además de ser ilegal, conlleva serios riesgos económicos y legales para la familia.
La importancia de un contrato legal
Cuidar de una persona mayor requiere confianza y seguridad, tanto para el cuidador como para la familia. Por eso es esencial que la contratación se realice dentro de la legalidad. De este modo, no solo se cumple con la normativa vigente, sino que también se protege a ambas partes frente a imprevistos.
Para la familia, tener un contrato supone tranquilidad: garantiza que todo está en orden y evita sanciones. Para la cuidadora, implica derechos básicos como cotizar a la Seguridad Social, acceder a una baja médica, disfrutar de vacaciones retribuidas y trabajar con unas condiciones dignas. Todo ello contribuye a que el cuidado sea de mayor calidad y a que se establezca un vínculo estable y de confianza con la persona atendida.
Riesgos de no regularizar la situación
Conviene recordar que la responsabilidad de dar de alta a la trabajadora siempre recae sobre la familia empleadora. Tras la aprobación del Real Decreto Ley 16/2022, esta obligación no admite excepciones. Las posibles consecuencias de incumplirla son considerables:
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Multas administrativas por no dar de alta a la trabajadora, que pueden oscilar entre los 3.750 y los 12.000 euros, dependiendo de la gravedad.
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Reclamación de cuotas impagadas a la Seguridad Social, incrementadas con un recargo del 20 %.
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En caso de que la trabajadora carezca de permiso de trabajo, las multas por contratarla sin documentación pueden superar los 7.500 euros y llegar hasta los 225.000 euros.
Además, si la cuidadora denuncia su situación, la familia podría enfrentarse a una reclamación por salarios no percibidos y la relación laboral podría considerarse indefinida y a jornada completa, con las obligaciones que esto conlleva.
¿Qué hacer si surge una denuncia?
Aunque ambas partes hayan acordado trabajar sin contrato, la responsabilidad legal siempre es de la familia. En caso de denuncia, las autoridades laborales podrían imponer sanciones, y la trabajadora podría reclamar salarios atrasados y cotizaciones no abonadas. Por ello, es fundamental prevenir estas situaciones formalizando la relación desde el inicio.
¿Se puede contratar a un familiar como cuidador?
Sí, es posible, siempre que se cumplan ciertos requisitos legales: no puede tratarse de un familiar de primer grado (como padres o hijos), no debe convivir con la persona atendida en la misma vivienda y es obligatorio formalizar un contrato por escrito y darlo de alta en la Seguridad Social.
Si no se pueden cumplir estos requisitos, existe la posibilidad de solicitar la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar (PECEF), siempre que se cumplan las condiciones fijadas por cada comunidad autónoma.
Tipos de contrato
El contrato de una cuidadora puede adaptarse a las necesidades de cada familia. Los más habituales son:
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Indefinido (a tiempo completo o parcial) cuando no hay una fecha de finalización prevista.
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Temporal por circunstancias puntuales, con una duración máxima de seis meses.
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De sustitución, para cubrir la ausencia de otro trabajador.
En todos los casos, el contrato debe especificar claramente la jornada, el salario y las tareas asignadas.
La tranquilidad de contar con profesionales
Contratar una cuidadora de forma legal es más sencillo y económico de lo que parece y evita preocupaciones innecesarias. Además, contar con asesoramiento especializado asegura que la familia esté siempre al día de cualquier cambio normativo y protegida frente a posibles conflictos.
En Tcuidan Madrid podemos ayudarte a gestionar todos los trámites y asesorarte en cada paso, para que tú solo te centres en lo más importante: el bienestar de tu familiar.